INTERCAMBIO DE
INFORMACION ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS SOBRE BUQUES
O ARTEFACTOS NAVALES VINCULADOS A LA “CUESTIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS”
Las
Presidentas y los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados
del MERCOSUR,
CONSIDERANDO
Que los Estados Partes del MERCOSUR y los Estados Asociados han
reafirmado su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía relativa a la “Cuestión de
las Islas Malvinas”;
Que los Estados Partes del MERCOSUR y los Estados Asociados han
expresado su rechazo a las actividades de exploración y explotación de recursos
naturales renovables y no renovables en la plataforma continental argentina que
desarrolla el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda de Norte, actividades que
están en abierta oposición a lo dispuesto por la
Resolución 31/49 de la AGNU ;
Los compromisos oportunamente asumidos en las Declaraciones y
Comunicados de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados respecto a
actividades hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la plataforma continental
argentina, así como a impedir el ingreso a sus puertos de los buques que
enarbolen la bandera ilegal de las Islas Malvinas.
DECLARAN:
Art. 1. – Su compromiso de intercambiar la información
disponible, de conformidad con el Derecho Internacional, los acuerdos
internacionales vigentes y las respectivas legislaciones internas, sobre:
a)
buques o artefactos navales con derroteros que incluyan a las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur con cargas destinadas a actividades
hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la plataforma continental argentina.
b)
la adopción de las medidas susceptibles de ser reglamentadas para impedir el
ingreso a sus puertos de buques o artefactos navales que enarbolen la bandera
ilegal de las Islas Malvinas.
Art. 2. – La información indicada en el
artículo 1° disponible en los ámbitos nacionales competentes será circulada a
través de las respectivas Cancillerías.
Mendoza, 29 de junio de 2012.